La CNDH menciona como un derecho humano al agua, es por eso que el agua debe tratarse fundamentalmente como un bien social y cultural, y no sólo como un bien económico; así mismo la constitución mexicana en su artículo 4, párrafo 6, reconoce el derecho humano al agua:
“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.
Por lo anterior el área de Cultura del Agua de la Comisión Estatal del Agua y Saneamiento CEAS, atendió la solicitud de la comunidad de San Dionisio en Yauhquemehcan, llevando una campaña a través de un stand para promover el cuidado del agua, así como dar información a la población sobre el Derecho Humano al Agua, mediante infografías y pláticas directas con la ciudadanía.